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En Loterías distinguimos los premios según la cantidad devengada en cada décimo o resguardo. Así, llamamos premios menores a los inferiores a 2.000 € y premios mayores a los resguardos o décimos que acumulen un importe igual o superior a 2.000 €.


Premios menores:

Podrás cobrar los premios menores en cualquiera de los casi 11.000 puntos de venta de la Red Comercial de Loterías, desplegados por toda la geografía nacional, a partir del día siguiente al del último sorteo en el que participe la apuesta.


Premios mayores:

Si has resultado agraciado con un premio mayor, el premio se cobrará exclusivamente en las entidades financieras autorizadas por SELAE.

Actualmente, una extensa red de más de 6.000 oficinas bancarias a lo largo de todo territorio estatal colabora en la prestación de este servicio. La lista actualizada se encuentra disponible en los puntos de venta de Loterías y también aquí:

Recuerda que en las entidades financieras no podrán hacer efectivo el pago del premio sin recabar de los perceptores de los premios la documentación e información necesaria para dar cumplimiento a las obligaciones legales de identificación (normativa sobre prevención de blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, normativa fiscal o normativa de cualquier otra índole que resulte de aplicación).

Pasos a seguir para cobrar tu premio:

Una vez elegida la entidad colaboradora, te recomendamos que solicites cita previa para asegurar que te puedan atender adecuadamente. No es obligatorio disponer de una cuenta bancaria en la entidad elegida para el cobro del premio. Tampoco se aplicarán comisiones para cobrar el mismo.

El banco colaborador te solicitará el original de tu documento de identidad (que deberá estar en vigor) y cumplimentar los formularios relacionados con la ley orgánica de protección de datos personales (LOPD). Además, puede que la entidad bancaria te solicite también información financiera relacionada con el conocimiento de sus clientes (KYC) para cumplir sus obligaciones legales de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.

Cuando el premio es compartido por un grupo de familiares, amigos, compañeros de trabajo, parejas, etc…  en el caso de premios mayores a cobrar en entidades bancarias, la única peculiaridad es que deben acudir todos los titulares del premio para identificarse en la entidad financiera. Si el grupo es numeroso y voluntariamente los agraciados así lo prefieren, pueden designar un representante para realizar las gestiones en nombre de todos. Este apoderamiento debe conferirse en documento público ante un notario, ya que hablamos de importes elevados de caudales públicos, lo que requiere tener certeza de a quién y por qué se paga.


Premios mayores de pago diferido:

Son aquellos premios en los que la norma del juego obliga a que se paguen mensualmente.

Actualmente, este tipo de premios sólo se pueden obtener si se ha participado en el juego de EURODREAMS y se ha obtenido un premio de primera y/o segunda categoría en alguno de los sorteos en los que participa el resguardo. Además, debe coincidir que no haya habido más de 3 premios para la primera categoría y hasta un máximo de 12 premios para la segunda, en las categorías agraciadas donde se ha conseguido el premio. En caso de que se hubieran cumplido estas excepciones, por normativa del juego, el premio pasaría a recibirse por medio de un único pago (véase apartado anterior).

La normativa del juego de EURODREAMS sólo admite la participación de forma individual de personas físicas y no cabe el juego compartido, es decir, no está permitido compartir apuestas ni participar en grupo. Por lo tanto, el premio sólo lo puede cobrar una persona, y sólo puede ser persona física.
 

Pasos a seguir para cobrar tu premio de pago diferido:

Deberás presentarte en alguna de las entidades financieras colaboradoras expresamente autorizadas por SELAE, a tu elección BBVA o Caixabank.

Te recomendamos que solicites cita previa para asegurar que te puedan atender adecuadamente.

Recuerda que no es obligatorio disponer de una cuenta bancaria en la entidad elegida para el cobro del premio. Tampoco se aplicarán comisiones para cobrar el mismo.

El banco colaborador te solicitará el original de tu documento de identidad (que deberá estar en vigor) y cumplimentar los formularios relacionados con la ley orgánica de protección de datos personales (LOPD). Además, puede que la entidad bancaria te solicite también información financiera relacionada con el conocimiento de sus clientes (KYC) para cumplir sus obligaciones legales de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.

Terminadas las formalidades anteriores, la entidad bancaria suscribirá un contrato de reconocimiento de deuda por el que asumirá el compromiso de pagarte el importe del premio que has obtenido en el plazo establecido en las condiciones del juego.

El pago de las mensualidades se iniciará el día 15 o inmediato hábil posterior desde el mes siguiente a aquel en el que se dé cumplimiento a estas formalidades, por el importe que corresponda, una vez deducida la retención fiscal y por un tiempo de 60 o 360 meses dependiendo del tipo de premio obtenido.

Ten en cuenta que en un resguardo con cantidades de premio a pagar en diferido pueden coexistir también otras cuantías de premios a pagar de forma inmediata. Si este es tu caso, debes saber que cobrarás el premio que corresponda de manera inmediata y el resto según se ha informado anteriormente, en pagos mensuales.

Todos los pagos mensuales de los premios diferidos se abonarán mediante transferencia bancaria a una cuenta en euros abierta en un banco o entidad financiera establecida en España o en otro Estado miembro de la Unión Europea, por lo que en caso de que no tuvieras ya alguna deberás abrir una cuenta.


En cualquiera de los casos, el límite exento del gravamen especial sobre premios de Loterías y apuestas asciende a 40.000 €, de modo que todos los premios que no alcancen esta cantidad por décimo o apuesta están libres de impuesto. 

Puedes tener un resguardo con cantidad exenta por una apuesta premiada y además otra apuesta premiada con parte de impuesto aplicado. En cualquier caso, se te pagará la suma de todo con el cálculo individualizado.

En el caso de El Millón (juego asociado a Euromillones), la exención es de 24.000 €, dado que solamente se juega 0,30 € y el límite exento del impuesto aplica proporcionalmente en el caso de apuestas menores a 0,50 €.

Los premios superiores, y por el exceso sobre los 40.000 euros exentos, sí soportan una retención del 20%.

Si lo precisas, puedes obtener un certificado de retenciones fiscales pulsando aquí.

Por último, recuerda que hay que estar atento porque los premios caducan transcurridos tres meses a partir del día siguiente a la celebración del último sorteo asociado a las apuestas recogidas en el resguardo. La razón es que en muchos de nuestros juegos permitimos que se jueguen apuestas a más de un sorteo a través de un solo resguardo (Euromillones para sorteos de martes y viernes, Bonoloto todos los días o Primitiva los lunes, jueves y sábado).

Afortunadamente los usuarios pueden consultar los premios de muchas formas: en los puntos de venta de Loterías, en los diferentes medios de comunicación o aquí mismo, en la web oficial y Apps oficiales.